Conoce si tu empresa está obligada a pagarte utilidades, si eres beneficiario, cuándo debe realizarse el pago y cómo se calcula el monto que recibirás.
Aunque algunas empresas ya han comenzado a efectuar este proceso, es a partir de mediados de abril cuando empiezan a caducar los plazos legales para el pago de utilidades. Este beneficio se instituye como un reconocimiento al aporte de los trabajadores en la consecución de los resultados anuales de las empresas.
¿Cuáles son las empresas obligadas a realizar pagos de utilidades y cuáles no?
En el ejercicio del año 2024, las empresas con una nómina que supere los 20 trabajadores y que hayan generado rentas de tercera categoría están legalmente obligadas a distribuir utilidades entre su personal.
-> ESCUCHA LA MEJOR MÚSICA DEL RECUERDO, LAS 24 HORAS, AQUÍ
No tienen la obligación de efectuar este pago las empresas autogestionarias, cooperativas y comunales, empresas individuales, sociedades civiles, microempresas debidamente registradas en el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas, así como aquellas que cuenten con una plantilla laboral no superior a 20 trabajadores.
¿Quiénes son los beneficiarios de este reparto de utilidades?
Todos los trabajadores, independientemente de su nacionalidad y tipo de contrato (ya sea a plazo indefinido, a plazo fijo, a tiempo parcial, trabajo remoto o teletrabajo), son beneficiarios de este pago, siempre y cuando figuren en la planilla y la empresa haya obtenido ganancias.
¿POR QUÉ LA TIERRA SE ESTÁ ABRIENDO EN EL FONDO DEL OCÉANO PACÍFICO?
¿Cuándo deben realizarse los pagos de utilidades?
En términos generales, los empleadores deben efectuar los pagos de utilidades dentro de los 30 días posteriores al vencimiento del plazo para presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
¿Cómo se calcula el monto a distribuir de las utilidades?
El cálculo del monto a repartir toma en cuenta dos factores principales: el total de la remuneración percibida durante el año y la cantidad de días laborados en ese mismo período. De esta manera, el 50 % del monto final está asociado a los días laborados por el trabajador, mientras que el restante 50 % se basa en sus remuneraciones.
¡Escucha Radio La Inolvidable y entérate de las últimas noticias de tus artistas favoritos de la música del recuerdo!